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Cómo abrir una cuenta bancaria en Panamá siendo extranjero

Un extranjero sí puede abrir una cuenta en Panamá, pero el banco debe conocerlo a fondo antes de aceptarlo. Le explicamos qué documentos piden, cómo funciona la debida diligencia, por qué se rechazan solicitudes y en qué se diferencia una cuenta personal de una corporativa.

Publicado el · Por Lic. Juan Carlos Acosta, CPA

Panamá tiene un centro bancario grande y usa el dólar. Por eso muchas empresas e inversionistas extranjeros quieren una cuenta aquí. Se puede, pero no es un trámite rápido ni automático. Antes de aceptarlo, el banco tiene que conocerlo: quién es, de dónde viene su dinero y qué hará con la cuenta. Esta guía explica qué le van a pedir y cómo prepararse.

Qué exige la ley a los bancos

Dos normas marcan el proceso:

  • La Ley 23 de 2015, que previene el blanqueo de capitales. Obliga al banco a identificar y verificar al cliente y al beneficiario final, entender el propósito de la relación y armar un perfil financiero y transaccional.
  • El Acuerdo 10-2015 de la Superintendencia de Bancos, que detalla qué información debe obtener el banco de cada cliente.

A esto se le llama debida diligencia. No es una formalidad. El artículo 36 de la Ley 23 indica que, si el cliente no facilita esa información, el banco no debe abrir la cuenta. Además, puede reportar la operación como sospechosa.

La ley sigue un enfoque basado en riesgo. Mientras más riesgo vea el banco en un cliente, más preguntas hace y más documentos pide.

Documentos que piden los bancos a una persona

El Acuerdo 10-2015 (artículo 14, con sus modificaciones) enumera lo que el banco debe obtener de una persona natural antes de iniciar la relación:

  • Identificación. Para extranjeros, el pasaporte. También datos como nacionalidad, residencia, profesión y situación laboral.
  • Identificación fiscal. El número de identificación tributaria de cada país donde usted es contribuyente. Los extranjeros firman además una declaración jurada de que sus ingresos cumplen con sus obligaciones fiscales.
  • Origen de los fondos. Con sustento escrito. No basta con decirlo.
  • Perfil financiero. Al menos un documento que pruebe sus ingresos, como una carta de trabajo, una declaración de renta o un comprobante de pago.
  • Perfil transaccional. Cuánto piensa depositar, con qué frecuencia y para qué.

Además, por las normas de intercambio de información fiscal (CRS y FATCA), el banco le pedirá una autocertificación de residencia fiscal. Según la guía de la DGI, se firma al abrir la cuenta y el banco debe contrastarla con el resto del expediente.

Cada banco agrega sus propios requisitos. El texto vigente del Acuerdo 10-2015 no exige referencias bancarias, pero muchos bancos las siguen pidiendo por política propia. Otros piden prueba de domicilio o declaraciones de impuestos. La lista exacta depende del banco.

Cuenta personal o cuenta corporativa

Muchos inversionistas abren la cuenta a nombre de una sociedad anónima panameña. En ese caso, el banco revisa a la sociedad y a las personas detrás de ella. El artículo 15 del Acuerdo 10-2015 exige, entre otros:

  • Pacto social y certificado del Registro Público que pruebe que la sociedad existe y está vigente.
  • Identificación del presidente o representante legal, del secretario, de los firmantes y de los apoderados.
  • Identificación del beneficiario final. En sociedades anónimas, el banco debe identificar a los accionistas con 10 % o más de las acciones.
  • Origen de los fondos y perfil financiero de la sociedad: estados financieros, declaración de renta u otro documento que muestre sus ingresos.
  • Perfil transaccional de la cuenta.

Si el banco no logra identificar al beneficiario final y persiste la duda, la norma le ordena no iniciar la relación.

En la práctica, la cuenta corporativa pide más documentos y más tiempo. Tiene sentido cuando la sociedad va a operar, facturar o tener activos. Si la necesita, primero debe estar al día la sociedad: tasa única pagada, agente residente vigente y beneficiarios finales registrados según la Ley 129 de 2020. Le explicamos esos costos en cuánto cuesta crear y mantener una sociedad anónima.

Por qué los bancos rechazan solicitudes

Los bancos no suelen explicar en detalle por qué no aceptan a un cliente. Pero los motivos se repiten:

El origen de los fondos no está claro

Es la causa más común. Decir “ahorros” o “venta de un inmueble” no alcanza. El banco quiere el documento: la escritura de la venta, los estados de cuenta, la declaración de renta. Si el dinero pasó por varias cuentas o empresas, querrá ver el recorrido.

No se identifica al beneficiario final

Estructuras con varias sociedades en capas, o accionistas que no quieren identificarse, frenan la solicitud. La ley pide saber quién controla la sociedad al final.

El perfil no encaja con la cuenta

Si declara ingresos modestos pero espera mover sumas grandes, el banco lo notará. Lo mismo si el propósito de la cuenta es vago. El perfil transaccional debe ser coherente con sus ingresos y su actividad.

El cliente es de mayor riesgo

La ley exige debida diligencia ampliada para personas expuestas políticamente (PEP), sus familiares cercanos y colaboradores, y para clientes vinculados a países que el GAFI considera de riesgo. En esos casos la aprobación sube a la alta gerencia del banco. Algunos bancos simplemente no aceptan ciertos perfiles.

El expediente llega incompleto o inconsistente

Un nombre escrito distinto en dos documentos, una referencia vencida o una traducción que falta generan preguntas. Cada ronda de preguntas suma semanas.

Un rechazo no siempre es definitivo. A veces otro banco tiene una política de riesgo distinta. Pero insistir con el mismo expediente débil rara vez cambia el resultado.

Cuánto tarda

No existe un plazo legal para que el banco responda. El tiempo depende de:

  • El banco y su comité de cumplimiento.
  • El tipo de cuenta. Una corporativa revisa más personas y más documentos.
  • Lo completo que llegue su expediente.
  • Si hay que traer documentos del exterior con apostilla y traducción.

Firmas del mercado reportan rangos muy distintos. Una firma de reubicación, por ejemplo, habla de una hora a pocos días para una cuenta personal y de 4 a 8 semanas para una corporativa. Tómelo como referencia, no como garantía.

Tenga en cuenta también que el banco actualizará su información con el tiempo. El Acuerdo 10-2015 fija revisiones cada 12, 24 o 48 meses según el riesgo del cliente. Abrir la cuenta es el inicio de la relación, no el final del trámite.

Cómo prepararse

  1. Defina para qué es la cuenta. Personal o corporativa, qué montos y qué operaciones. Esa respuesta guía todo lo demás.
  2. Reúna el sustento del origen de los fondos. Es el documento que más se demora y el que más pesa.
  3. Pida sus referencias con tiempo, si el banco las exige. Una referencia bancaria de su país suele tardar días.
  4. Revise que los documentos coincidan. Nombres, direcciones y fechas iguales en todos.
  5. Apostille y traduzca lo que viene del exterior. Vea nuestra guía sobre documentos extranjeros para usar en Panamá.
  6. Pregunte si debe venir en persona. Muchos bancos piden entrevista o firma presencial.

Cómo le ayudamos

En Tramita Todo trabajamos desde 2008 en Obarrio, Ciudad de Panamá. Para la apertura de cuentas:

  • Revisamos su caso y le decimos qué documentos necesita.
  • Le ayudamos a armar un expediente ordenado y coherente, incluido el sustento del origen de los fondos.
  • Si la cuenta es corporativa, revisamos que su sociedad esté al día. Si aún no la tiene, le asesoramos para constituirla con una firma de abogados aliada.
  • Coordinamos con el banco y damos seguimiento a sus preguntas.

La decisión final es siempre del banco. Ningún asesor puede garantizar la aprobación. Lo que sí podemos hacer es que su solicitud llegue completa y bien presentada.

Vea el servicio de apertura de cuenta bancaria en Panamá, el de sociedad anónima en Panamá o todo el grupo de sociedades y cuentas bancarias. También puede escribirnos por WhatsApp y le cotizamos.

Preguntas frecuentes

¿Puede un extranjero no residente abrir una cuenta bancaria en Panamá?

La ley no lo prohíbe. El Acuerdo 10-2015 de la Superintendencia de Bancos indica que, para extranjeros, el documento de identidad es el pasaporte. Cada banco decide, según su política de riesgo, si acepta clientes no residentes.

¿Qué documentos piden los bancos en Panamá?

Como mínimo: pasaporte, identificación fiscal de su país, prueba de ingresos y sustento escrito del origen de los fondos. Muchos bancos piden además una referencia bancaria. A una sociedad le piden además el pacto social, el certificado del Registro Público y la identificación de sus directores y beneficiarios finales.

¿Cuánto tarda abrir una cuenta bancaria en Panamá?

No hay un plazo legal. Depende del banco, del tipo de cuenta y de qué tan completo esté su expediente. Una cuenta corporativa suele tardar más que una personal, porque el banco revisa también a la sociedad y a sus beneficiarios finales.

¿Por qué un banco rechaza una solicitud?

Lo más común es que el expediente no permita completar la debida diligencia: falta sustento del origen de los fondos, no se identifica al beneficiario final o el negocio no encaja en la política de riesgo del banco. La Ley 23 de 2015 le prohíbe abrir la cuenta si no completa esa revisión.

¿Se puede abrir una cuenta en Panamá sin viajar?

Depende del banco. Muchos piden una entrevista o la firma en persona, sobre todo al inicio. Pregunte antes de preparar el expediente, para no reunir documentos para un banco que de todos modos le pedirá venir.

¿Tiene dudas sobre su caso?

Escríbanos por WhatsApp y le decimos qué hace falta.